¿Cuáles Son Los Requisitos Para Que Una Huelga Sea Legal?

Como ciudadanos de una nación, tenemos el derecho de hacer una huelga, el cual es reconocido por varias organizaciones.

Sin embargo, para que una huelga se considere como una huelga real y legal es indispensable que cumpla con una serie de condiciones y recaudos. Es por eso que en esta oportunidad conoceremos cuáles son los recaudos para que una huelga sea legal.

Continuemos leyendo para conocer mucho más acerca de este tema tan importante para la sociedad. ¡Vamos!

¿Cuáles Son Los Requisitos Para Que Una Huelga Sea Legal?

¿Qué Es Una Huelga?

De forma general, una huelga es un tipo de protesta o reclamo, en la que quienes participan o son integrantes de ella, se contienen de hacer la tarea o actividad que llevan a cabo de forma habitual, en menoscabo de a quienes hacen saber sus quejas y descontento con algo.

Una huelga puede ser llevada a cabo por:

  • Funcionarios
  • Trabajadores que cuentan con un salario, trabajadores dependientes
  • Trabajadores por cuenta propia, trabajadores independientes

Sin embargo, dependiendo del motivo, las huelgan se pueden clasificar en varios tipos, los cuales veremos a continuación:

Qué Es Una Huelga

Tipos De Huelga

  1. Huelgas dependiendo de las causas por las que se haga:
  • Huelga de compañerismo o por afinidad: Este tipo de protesta es cuando se defiende algo que no se encuentra relacionado con lo pactado en el contrato, se actúa para secundar las quejas no solucionadas de otros compañeros de trabajo.
  • Huelga extralaboral: Es un tipo de reclamo que se hace por causas diferentes a lo relacionado con las labores de los trabajadores de un sitio, mayormente se realizan por motivos políticos.
  • Huelga de trabajo: Es aquella que se lleva a cabo por motivos propios de las relaciones laborales en el sitio de trabajo.
  1. Huelgas dependiendo del comportamiento y de las acciones que se realicen en ella:
  • Huelga general: Es la que se hace al mismo tiempo en varios sitios.
  • Huelga variante o rotativa: Es el tipo de protesta que se llevan a cabo de manera consecutiva, una después de la otra, de los diferentes departamentos de una compañia o del sitio de laburo. También en las áreas económicas en una determinada zona geográfica, turnándose en la paralización de las labores en el trabajo con el objetivo de alterar y perjudicar el control de la producción.
  • Huelga progresiva: Es en la que se paran las actividades una después de la otra.
  • Huelga estratégica o planificada: Es ese tipo de protesta que solo perjudica un sector de la compañia, bien sea directamente la labor de producción o el sector económico de la empresa. Pues los efectos que se verán en estos sectores, perjudicarán en cadena otros departamentos, consiguiendo así el paro total de la producción de la empresa.
  • Huelga de brazos abajo o frente a la empresa: Es la huelga en la que el personal afectado no paraliza completamente sus labores en la compañia, sino que determinan turnos de intercambio, mientras un grupo se encuentra en paro de sus labores, otro grupo sigue trabajando.
  • Huelga discontinua: Es la que se varía el tiempo de la protesta con el tiempo del trabajo, alterna algunas horas de trabajo por protesta por todo el día, o algunos días de trabajo por protesta por algunas semanas o tiempos más extensos.
  • Huelga de normativa: Este tipo de protesta es una acción detallada y cuidadosa de las labores, con el objetivo de retrasar la productivida de la empresa.

Cuáles Son Los Requisitos Para Que Una Huelga Sea Legal

¿Cuáles Son Los Requisitos Para Que Una Huelga Sea Legal?

Para que una huelga sea legítima es imprescindible cumplir con una serie de condiciones, las cuales podremos conocer en la siguiente sección de este artículo. Veamos cuáles son estas condiciones para hacer una huelga legal.

Fundamento Legal

Conforme a su legitimidad una huelga se divide en dos tipos:

  1. Huelga legal: Son las que han sido anunciadas según lo definido en las leyes actuales en el momento
  2. Huelga ilegal: Son las que no fueron anunciadas previamente o no cumplen con las leyes actuales en el momento

En Argentina existen tres documentos legales que determinan las leyes y reglamentos en cuando al derecho de huelga:

  • La Constitución Nacional en su artículo 14, define el derecho que poseen las asociaciones profesionales en cuanto a las huelgas
  • El Acuerdo 87 de la Entidad Internacional del Trabajo, ente que depende de la Organización de las Naciones Unidas
  • El Decreto-Ley de 1977:

Fundamento Legal

  • En su artículo 1 se determina el derecho de huelga y las instrucciones a seguir para realizarla
  • En su artículo 3, acotación 2, se señala la autorización a los empleados a anunciar una huelga a través de sus representantes, quienes se tienen que determinar en una reunión o asamblea, la cual debe contar con una asistencia mínima del 75% de los empleados perjudicados. En esta reunión se debe realizar un acta que debe estar firmada por todos los miembros de la asamblea.
  • En el mismo artículo 3, en la acotación 3, es donde se indica que el acta aprobado de la huelga, firmado por el 75% de los trabajadores afectados, debe ser entregado a las autoridades correspondientes y al directivo afectado.
  • Luego, en el artículo 4 del Decreto-Ley de 1977, se determina que en el momento en que la protesta perjudique el servicio público en general, la Comisión de Huelga debe anunciarlo 10 días antes del comienzo de la huelga para dar a conocer a las personas de lo que sucederá.
  • En el artículo 5 se prohíbe a las autoridades de la empresa el reemplazo de las personas participantes de la huelga en sus puestos de trabajo.

Fundamento Legal

  • Así mismo, en este artículo se indica que la Comisión de Huelga debe estar formada por 12 personas como máximo.
  • El artículo 7, señala que una huelga es el paro de las tareas laborales de los empleados pero deja de ser una protesta legal cuando se presentan acciones de violentas.
  • El artículo 8 de este decreto establece que el directivo puede buscar soluciones y tratos con la Comisión de Huelga desde el momento en que se le avisa de la misma.
  • De acuerdo al artículo 9 se podrá implementar un Supervisor de Trabajo que funcione como intermediario del conflicto antes, durante y después de la huelga.
  • En el artículo 11 se indican las causas por las que se considera ilegal una huelga:
  • Que afecte en grandes niveles los servicios públicos
  • Es realizada por motivos que no afectan realmente a los empleados
  • Cuando se perjudique el Tratado Colectivo actual en el momento
  • En el momento en que la huelga se vuelve violenta, que se impida el paso de las personas al centro de trabajo o cuando el mismo sea dañado.
  • Cuando se incumpla el reglamento señalado en el Decreto-Ley.

Preguntas Frecuentes

Preguntas Frecuentes

Antes de finalizar, hemos dejado algunas de las dudas más comunes presentadas al hablar sobre este importante tema que implica a todos los ciudadanos argentinos.

¿Qué es lo primero que tienen que hacer los trabajores afectados para hacer una huelga legítima?

Lo primero que se tiene que hacer es una asamblea o reunión con una asistencia mínima del 75% de todos los trabajadores perjudicados y realizar un acta que sea firmada por cada empleado.

¿En qué lugar podemos conseguir información legítima sobre el derecho a la huelga?

Existen tres cosas que podemos leer para conseguir este tipo de información legal, estas son la Constitución Nacional, el Tratado 87 de el Ente Internacional del Trabajo y en el Decreto que protege a los trabajadores de la nación.

¿En qué momento es considerada ilegal una huelga?

  • Cuando se presenten acciones violentas

  • Cuando afecte la economía de la nación

  • Cuando se perturbe el tratado colectivo actual

  • Cuando perjudique en grandes niveles los servicios públicos

  • Cuando haya incumplimiento del Decreto-Ley de los empleados

¿Una empresa puede despedir o reemplazar en los puestos de trabajo a los participantes de una huelga?

No, el artículo 5 del Decreto-Ley prohíbe esta acción.

¿Es necesario hacer saber a los jefes del comienzo de una huelga?

Si es necesario, debe presentarse el acta firmada por los trabajadores perjudicados mínimo 5 días antes del inicio de la huelga.

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