La Planilla de cálculos judiciales es aquella que ayuda, mediante una página web, a que la persona interesada realice el cálculo exacto de manera rápido y sin ningún inconveniente. Este programa se encuentra gratis a través de una página web.
Este tipo de página puede manejar, tanto la parte numérica como alfa numérica, agrupados en tablas, compuestas por celdas, las cuales están ordenadas en una matriz formando filas y columnas.
[su_note note_color=»#edfbfa» text_color=»#000000″]El Puntaje Anual Docente mejor conocido como PAD, es un Instrumento diseñado por el Estado, para evaluar el desempeño y méritos académicos del docente, brindándoles la oportunidad de mejorar su condición laboral o de ingresar al sistema.[/su_note]
A través de Requisitos Hoy podrás conocer un poco más de esta planilla; su significado, para qué sirve, como se debe usar, tasa y liquidación de intereses. No te lo pierdas, será de gran ayuda para ti.
¿Qué Es La Planilla De Cálculos Judiciales?

A continuación se dispone del enlace para poder acceder al sistema y llevar a cabo el cálculo judicial correspondiente.
Consiste simplemente en introducir los datos, de acuerdo a lo solicitado por cada celda para llevar a cabo el cálculo de manera segura y precisa sin ningún contratiempo ni posible error al momento de calcular.
Para Qué Sirve La Planilla De Cálculos Judiciales

Este tipo de documento permite la edición y visualización con diferentes programas, facilitando el acceso desde varios puntos de entrada, sin llegar a colapsar la página y el cálculo que se esté llevando a cabo.
[su_note note_color=»#edfbfa» text_color=»#000000″]Entre los programas que más destacan para llevar a cabo este tipo de cálculo se encuentran el Microsoft Excel y el Open Calc.[/su_note]
Como Utilizar La Planilla De Cálculos Judiciales
- Para utilizar la planilla de cálculos judiciales, debe ingresar al enlace ya mencionado en el punto anterior para acceder al sistema. En donde se desplegará la planilla.
- Se visualizarán 3 filas, las cuales están definidas de la siguiente manera: 1. Monto. 2. Tipo de cálculo y 3. Plus de interés.
- Para el punto 1, que corresponde al monto, tenemos la descripción en una primera fila, el monto a colocar, seguido “desde” que se debe colocar la fecha a la cual corresponde el monto colocado; y “hasta”, de igual manera que tenga relación con el monto colocado.
- En la segunda fila, tenemos la definición del tipo de cálculo que se está llevando a cabo, poseemos en la primera fila definir el tipo de concepto; que se refiere al monto colocado en el punto 1. Aparecen tres, capital, gastos u honorarios, seleccionar el que se relacione.
- Continuando con el segundo punto, tenemos que definir la descripción de ese monto; después indicar el tipo de cálculo que el sistema va a llevar a cabo, hay varias opciones: monto, tasa pasiva, interés, CER, CVS, índice mayorista, construcción y consumidor.
- Y cómo último punto el 3, que corresponde al Plus de Interés, se selecciona según sea el caso, la casilla de “aplicar interés”, de acuerdo al monto colocado se calculará la tasa; más el período que comprenda, si es diario, semanal, mensual o anual, sea el caso.
- Por último, se tiene un botón del lado izquierdo, en donde dice “Calcular y Agregar Concepto a la Planilla” y del lado derecho en esa misma línea; está para borrar los datos colocados, en caso de querer modificar alguno.
[su_note note_color=»#edfbfa» text_color=»#000000″]Se mostrará la planilla con todos los datos proporcionados, en forma de columna con las siguientes definiciones, como: Concepto, Descripción, Desde, Hasta, Tipo de cálculo, Tasa Interés, Tasa Actualización, Monto y Detalle.[/su_note]
Teniéndose un botón de reinicio de la planilla, “empezar de nuevo”; “vista previa” una vez terminado poder visualizado para su impresión y “utilizar versión anterior” la cual sólo puede ser visualizada en internet explorer.
Tasa De Intereses Judiciales

El reclamo de dinero vía online, es más accesible, económicamente que hacerlo personalmente, en donde debe entregarse el formulario correspondiente al reclamo.
Teniendo conocimiento del monto a reclamar, la tarifa que corresponde a la corte, se basa en el monto a reclamar, adjuntando los intereses.
[su_note note_color=»#edfbfa» text_color=»#000000″]Para llevar a cabo el cálculo, perteneciente al 5% del valor a reclamar, se debe agarrar el monto que se va a reclamar y multiplicarlo por 0,05, que es el 5% del interés que se va a adjudicar al monto.[/su_note]
En caso de hacerlo vía online, el mismo sistema realiza el cálculo de interés para el monto reclamado.
Liquidación De Intereses
[su_note note_color=»#edfbfa» text_color=»#000000″]La liquidación de intereses estará a cargo del secretario del juzgado, en donde una vez que reciba los autos de la cámara de apelaciones, se llevará cabo el cálculo para que el condenado pague su importe.[/su_note]
La liquidación que ha sido practicada, el juzgado deberá notificar a los peritos, por medio de la cédula electrónica.
Bajo un periodo de tres días, bajo la aprobación de no mediar objeciones.
[su_note note_color=»#edfbfa» text_color=»#000000″]En caso de mediar observación alguna, dentro del plazo de los 3 días, se deben mostrar la liquidación de acuerdo al monto procedente, en caso de que no se tengan fundamentos suficientes.[/su_note]
Esperando que el artículo haya sido de su interés; le sugerimos seguir leyendo nuestros artículo y Bendiciones

