Año tras año los requisitos para ser presidente de la República Dominicana son sumamente discutidos dentro de esta sociedad. Siendo una de las diversas muestras de interés que poseen los individuos al momento de escoger algún mandatario nuevo.
En este sentido, al desear iniciar una campaña o simplemente tienes duda acerca de los necesario, en líneas siguientes conocerás los requisitos para ser presidente de la República Dominicana, ¡desliza hacia abajo!
Requisitos Para Ser Presidente De La República Dominicana
Los ciudadanos deberán cumplir con los siguientes requisitos para poder postularse a una candidatura presidencial en la República Dominicana:
- Ser originalmente dominicano de nacimiento.
- Tener una edad igual o superior a los treinta (30) años.
- Tener un ejercicio completo de cualquier derecho político y civil dentro de la nación.
- No encontrarte activo prestando servicio militar o de policía en los tres (3) años previos de efectuarse las elecciones.
¿Cómo Se Elige Al Presidente En República Dominicana?
La Constitución Nacional establece al Presidente de la República Dominicana específicamente como el jefe de Estado, representación máxima del Poder Ejecutivo de la nación.
De acuerdo con ello, el Presidente de la República Dominicana es seleccionado en base a lo estipulado o descrito dentro de la constitución, considerando los requisitos para ser presidente del país, expresado en líneas anteriores.
La nación en cuestión, se caracteriza por funcionar bajo el ideal de una democracia representativa. Lo que quiere decir que la acción del sufragio nacional se ejecuta según un sistema multipartidista.
El procedimiento se deberá desarrollar cada cuatro (4) años, por medio del directo voto de la ciudadanía.
Generalmente las elecciones tienden a pautarse para la fecha del dieciséis (16) de mayo, sin embargo, el día se encuentra sujeto a modificaciones en caso de no caer domingo en los próximos días.
Al ser escogido para un término, el Presidente de la República Dominicana no puede ser electo para el inmediato periodo constitucional al primero.
Cada una de las elecciones efectuadas en la nación, son de carácter, secreto, único y universal. De este modo, se garantiza que los intereses de la población se establezcan ante los diferentes intereses particulares, teniéndose como propósito la seguridad y el orden público.
¿Cuáles Son Sus Funciones?
Las funciones que se asignan al Presidente de la República Dominicana están en el Título IV, Capítulo I, Sección II en la Constitución del país.
Es así como se le atribuyen estas facultades y responsabilidades al tomarse el cargo de Presidente (a) de la República:
- Presidir los solemnes actos del país.
- Seleccionar o destituir a quienes sean integrantes de organizaciones militares y policiales de la nación.
- Exponer y promulgar las leyes del Congreso Nacional, bien sean decretos, instrucciones y reglamentos necesarios.
- Verificar que las resoluciones se cumplan totalmente.
- Firmar tratados y convenciones internacionales luego de aprobarse en el Congreso Nacional. De no obtenerse la autorización de dicho ente, estos no tendrán validez alguna para la nación.
- Contar con las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional bajo el mando de este o del ministerio pertinente con propósitos de servicio público.
- Establecer las medidas, prevenciones y decisiones importantes para ejercer y proveer la legitima defensa de los individuos. Particularmente al momento de ocurrir un ataque armado (sea o no inminente) por parte de países o poderes externos.
- Comunicar al Congreso Nacional alguna disposición adoptada para la seguridad del país y de ser necesario solicitar la declaratoria de Estado de Defensa.
- Emplear las medidas provisionales de seguridad y policial al perturbarse: La seguridad y orden público, funcionamiento adecuado de los servicios públicos, desenvolvimiento de actividades económicas, uso de los recursos públicos.
- Hacerse responsable de cualquier zona terrestre, fluvial, aérea, marítima, policial y militar cuando requiera a la seguridad nacional.
- Investigar la expulsión o arresto de individuos extranjeros que ejecutaran o pudiesen llevar a cabo acciones que afecten el orden público o seguridad nacional.
- De ser necesario y a favor de la sociedad, prohibir la entrada de algunos extranjeros a la nación.
- Asignar a los diferentes embajadores de la República, en conjunto con el Senado.
- Determinar y seleccionar los jefes permanentes de misiones del país para organismos internacionales, en compañía del Senado.
- Las demás atribuciones estipuladas dentro de la constitución y leyes de la República.
Presidentes De República Dominicana
Los orígenes del cargo de presidente de República Dominicana se remontan a la época tras la Guerra de Independencia. La primera organización encargada de manejar el país se caracterizó por ser la Junta Central Gubernativa.
Esta pretendió que la población estuviese bajo estándares o políticas independientes así como también republicanas.
Desde un inicio la JCG ejerció la labor de manejar a los dominicanos durante la guerra en contra de la invasión haitiana.
Al finalizar el proceso, la Junta se posiciono como un gobierno provisional, de modo que se estableciera la gubernamental maquinaria, la independencia ante potencias extranjeras, la estabilidad u orden del territorio liberado y el adjunte de aquellos impuestos dedicados a la creación o surgimiento del Estado nuevo.
De acuerdo a los ocho (8) meses de duración del gobierno (a partir de febrero hasta noviembre del año 1844), se impuso el primer presidente del país, este fue el General Pedro Santana.
El mandatario estuvo entre las facciones que discutían el dominio del Estado o gobierno: trinitarios o liberales.
Desde la labor de Pedro Santana, hace prácticamente dos siglos, República Dominicana independiente ha tenido en total cincuenta y tres (53) presidentes, los cuales se encuentran distribuidos en sesenta y seis periodos (66) de gobierno.
Dicha cantidad de mandatarios adjunta tanto a presidentes interinos o provisionales como a quienes fueron escogidos de forma constitucional, inclusive los mandatos desarrollados por juntas militares, Consejos de Estado o triunviratos.
Preguntas Frecuentes
En los que resta del artículo, se considera pertinente solventar algunas interrogantes que generalmente se presentan al abordar el asunto de los requisitos para ser presidente de la República
¿CÓMO SUCEDE LA JURAMENTACIÓN DEL PRESIDENTE DEL PAÍS?
Luego de ser escogido el presidente de acuerdo a los generales comicios, tendrá que realizar su juramento al cargo para la fecha del dieciséis (16) de agosto después de efectuarse la elección.
Este día se refiere al límite de fecha para que las salientes autoridades ejerzan el cargo respectivo.
¿CUÁL ES EL JURAMENTO QUE TENDRÁ QUE HACER EL PRESIDENTE?
El correspondiente juramento a expresarse por el presidente y vicepresidente gubernamental es:
“Juro ante Dios y ante el pueblo, por la Patria y por mi honor, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes de la República, proteger y defender su independencia, respetar los derechos y las libertades de los ciudadanos y ciudadanas y cumplir fielmente los deberes de mi cargo”.
¿QUÉ TIPO DE EXCEPCIONES PODRÁN EVITAR LA JURAMENTACIÓN Y QUE SUCEDE EN TAL SITUACIÓN?
Se tienen dos excepciones en dichas circunstancias, estas son:
- Cuando el mandatario esta fuera del territorio nacional, enfermo u otros motivos que lo imposibiliten a juramentarse.
- Cuando el electo presidente cometa alguna falta y no procediese a realizar el juramento a su labor, perteneciendo a una reconocida falta por la Asamblea Nacional.
En cualquiera de ambos cargos, se sustituirá el funcionario por el Vicepresidente electo del país. En caso de que el Vicepresidente no pueda asumir o ejercer el cargo, recaería la responsabilidad en manos del Presidente de la Suprema Corte de Justicia.
Todo este proceso se efectuara en base a los parámetros o formas de un gobierno interino.
¿A QUIÉN DEBE SOLICITAR PERMISO EL PRESIDENTE PARA SALIR O ABANDONAR EL PAÍS?
Todo viaje fuera del territorio nacional ejecutado por el Presidente de la República que posea una duración menor a quince días (15) estará absolutamente permitido.
Sin embargo, los viajes que contengan un tiempo superior a dicho plazo, necesariamente tendrá que ser previamente autorizado por el Congreso Nacional.
DE DESEARLO, ¿EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL PUEDE RENUNCIAR A SU CARGO?
La respuesta es sí; en caso del presidente desear dejar a un lado sus labores tendrá que llevar a cabo explícitamente su renuncia ante la Asamblea Nacional, la cual proporcionara su resolución a la brevedad posible.
Vídeo
Para finalizar, se considera acorde suministrar un material audiovisual para que sirva de ayuda en base a un breve repaso del contenido del presente artículo, vinculado con los requisitos para ser Presidente de la República y demás:
Se conoce como presidente de un país o mandatario constitucional al máximo representante de este, encargado de la toma de decisiones en todo a lo respecta a la República, garantizando un futuro pleno a sus ciudadanos.
Por ende, es indispensable que el mismo cumpla con una serie de estándares o parámetros, ¡mucho éxito!
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