Como bien sabemos, la Dirección General de Impuestos Internos, o DGII es una entidad que cumple un papel importante dentro del territorio dominicano, debido a que en ella se llevan a cabo muchos procesos relacionados al área económica.
Es por esta razón que se han implementado documentos que recopilen información de manera mucho más compacta con respecto a los trámites que los usuarios quieran realizar.
Entre los más famosos y solicitados, podemos encontrar el Formulario 608 y 609. Así que ¡Vamos a conocerlos! Y podrás realizar todos los trámites que desees en esta entidad haciendo uso de ellos.
¿Cómo Llenar El Formulario 608 y 609?
De acuerdo a las regulaciones de orden tributario en el territorio dominicano, todos los contribuyentes se encuentran en el deber de informar sobre las transacciones que generan las obligaciones.
Para poder realizar la presentación de los NCF, se debe asistir a la Dirección General de Impuestos Internos, ya que este es el organismo encargado de administrar los impuestos, basándose en la Normativa General 07 del año 2018, en el cual son especificados los lineamientos.
Esto es con la finalidad de facilitar a todas las personas contribuyentes que se declaran los Impuestos sobre la Renta y el ITBIS. El máximo organismo dispone de un conjunto de herramientas que se conocen como Formularios para el Envío de Datos.
Estos formatos o instrumentos podrán ser descargados por medio de la vía electrónica, ingresando a la página web oficial de la Dirección General de Impuestos Internos.
Entre estos, podemos encontrar los Formularios de Envío 608 y 609. El 608 posee todos los Comprobantes Anulados, y el 709 los Pagos por Servicio al Exterior, los cuales son originados durante un lapso de tiempo específico y que se encuentran en la hoja de cálculo de Excel.
Estas hojas de cálculo se encuentran configuradas con columnas que poseen todos los datos requeridos como títulos, de acuerdo a la finalidad de los mismos.
Al completarse el registro de estos datos, deberá validar la información, en caso de que el resultado emita observaciones o alertas de error, se deberá corregir en el archivo Excel.
NOTA: Es necesario saber que esto será realizado todas las veces que se necesite, hasta que ya no exista ningún error, para luego poder generar un nuevo archivo tipo texto, el cual será un reporte que debe ser enviado a la Oficina Virtual correspondiente a la Dirección General de Impuestos Internos.
Para estos formularios (El 608 y el 609) el llenado de esta planilla que se convierte en un archivo de texto, corresponde al cumplimiento de la obligación tributaria.
¿Qué Es El Formulario 608 Y 609?
Los Formularios 608 y 609, son los que forman parte de un conjunto de formatos de envío que han sido creados por la Dirección General de Impuestos Internos, con el objetivo de apoyar a sus contribuyentes para que de esta manera puedan cumplir con la remisión de la información.
Particularmente, el Formulario 608 posee todos los comprobantes fiscales o NCF que han sido anulados mientras se realiza el ejercicio económico y las razones que tienen como consecuencia la anulación.
Pero, por otro lado, el Formulario 609 es utilizado para el envío de los pagos por servicios al exterior con el detalle de las transacciones asociadas a estos pagos por un tiempo específico.
La presentación de cada uno de estos formularios, deberá ser realizada de manera obligatoria todos los meses en los primeros 15 días.
Es muy importante tomar en cuenta que los formularios deberán ser remitidos sin errores, y para ello se cuenta con dos oportunidades de corrección, los cuales son los siguientes:
La primera opción es una vez que se completa el Formulario en Excel, podremos pulsar la opción titulada “Validar”.
En ella, podremos revisar la columna que recibe el nombre de “Estatus”, y en ella se podrán mostrar todos los errores que presenta el formulario.
Luego, podremos ubicar los errores y se podrán corregir. Al finalizar, debemos oprimir de nuevo “Validar”.
NOTA: Esta acción podrá ser realizada todas las veces necesarias, hasta que no se encuentre ningún error. Entonces, el lugar donde se genera el archivo de texto, será remitido en la Dirección General de Impuestos Internos.
El segundo proceso, antes de realizar el envío del archivo de texto por medio de la Oficina Virtual podrá ser realizado en la herramienta de Pre- Validación del Formato.
Esta es una aplicación que deberá ser descargada e instalada en el dispositivo electrónico, donde se anexará el archivo de texto y se podrán mostrar todos los errores que se encuentren.
Una vez que corrijas esta plantilla, podrás volver a realizar los pasos que hemos indicado para generar el archivo de texto.
¿Qué Son Los Formatos De Envió?
Los formatos de envío se definen como plantillas o instrumentos de apoyo que la Dirección General de Impuestos Internos han configurado para poder facilitar a los contribuyentes la entrega de todos los datos que conforman comprobantes fiscales que se relacionan directamente con sus operaciones.
Esto con la finalidad de agilizar el cumplimiento de la obligación y como evitar a toda costa los errores en el registro de la información. Además de las herramientas anteriores, la Dirección General de Impuestos Internos brinda a todos los usuarios el instructivo completo de manera gratuita.
Este podrá ser descargado a la par con la Plantilla Excel, en la mayoría de los Formatos de Envío que se encuentran disponibles, en los cuales se registran los datos de los documentos asociados a todas las obligaciones tributarias.
En el manual se encuentran a detalle todas las casillas que deban ser completadas, y donde se encuentra ubicado el comprobante de la información. Además, podemos encontrar las instrucciones de descarga y configuración del reporte.
La redacción y el diseño serán presentados de forma agradable y de una manera bastante fácil de comprender para cualquier usuario. De manera que no necesitas tener conocimientos sobre este tema o herramientas para poder comprenderlo.
Los formatos de envío de acuerdo a la normativa vigente, se deberán presentar los primeros 15 días de cada mes.
NOTA: En caso de que los contribuyentes no tengan ningún tipo de operaciones que reportan un periodo deben presentar los Formularios 606, 607 y 608 de manera informativa.
Esto quiere decir que la declaración jurada correspondiente a este periodo, deberá ser en cero. Al igual que se debe seleccionar en la oficina virtual “Declaraciones Juradas – Declaraciones en Cero”.
Luego, se podrán completar los datos solicitados y pulsaremos “Presentar Declaración” y se emitirá el código de referencia.
¿Cómo Descargar El Formulario 608 y 609?
Para poder realizar la descarga de los Formularios 608 y 609, será necesario cumplir con los siguientes pasos:
- Lo primero será ingresar a la página oficial correspondiente a la Dirección General de Impuestos Internos. Para ingresar de manera más sencilla, puedes hacer clic acá.
- El siguiente paso será hacer clic en las siguientes opciones “Formularios- Formatos de envío de datos- Otros Formatos- Descarga del Formato de Envío 608 y 609 desde mayo 2018”.
- De manera automática podremos abrir los archivos comprimidos y luego habilitaremos la opción “Aceptar”.
- Luego, puedes seleccionar la herramienta de Excel y habilitar los macros correspondientes a la versión de la hoja.
Para el caso del Formulario 608, el archivo comprimido es el instructivo para completar y enviar la herramienta.
El Formulario 609 es correspondiente al manual para poder activar los macros de la herramienta.
Fundamento Legal
Los Formatos de envío se encuentran fundamentados en el Código Tributario, específicamente en el Artículo 50 del mismo, en donde podremos encontrar la obligación de presentarse ante la Administración Tributaria junto con todos los datos correspondientes a las operaciones de las obligaciones.
También, podemos encontrar la Norma General 17-18 sobre Remisión de Informaciones, donde se regulan todos los elementos que se relacionan con los datos enviados por os contribuyentes.
Desde el mes de mayo del 2018, el Formulario 606 Gubernamental ha quedado descontinuado, lo cual ha ocasionado que las instituciones estatales utilicen la versión disponible.
La base legal completa de la remisión de información incluye lo siguiente:
- Norma General 07-18 (Artículo 3, 4, 5 y 6).
- Reglamento 758-07 (Artículo 3).
- Norma General 08-06 (Artículo 5).
- Norma General 2-07 (Artículo 1 y 5).
- Norma General 8-18 (Artículo 7).
Vídeo
En caso de que pertenezcas al grupo de personas que se complican a la hora de conocer los procesos de manera escrita, ¡No debes preocuparte! Ya que te dejaremos un vídeo a continuación que puede indicarte todos los pasos que debes realizar de una manera mucho más sencilla.
Al finalizar este artículo, puedes sentirte seguro de saber toda la información relacionada al Formulario 608 y 608 correspondiente a la Dirección General de Impuestos Internos. Así que esperamos que toda la información contenida en este artículo haya sido de gran utilidad para ti.
¡Nos vemos en un próximo artículo, te deseo mucho éxito!
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