En este artículo te explicaremos como saber todo Requisitos para ingresar a planilla a un trabajador Cuando empezamos a trabajar en una empresa, siempre queremos quedar bien con nuestro jefe superior.
Tratando de hacer nuestro trabajo de la mejor manera, dando lo mejor de sí, y en gratificación a eso, gozar de los beneficios laborales pertinentes que nos produce la ley.
Sin embargo, nos encontramos con jefes o patronos que por razones ajenas y que no nos compete aclararlo en este artículo, desconocen las leyes y con ello las circunstancias mínimas para la tranquilidad de sus trabajadores.
En este sentido te vamos a orientar para que eso no siga pasando dándote a conocer los Requisitos para ingresar a planilla a un trabajador.
Requisitos Para Ingresar A Planilla A Un Trabajador
Para entrar en la planilla a un trabajador no se necesita grandes exigencias.
En este sentido, el trabajador básicamente tendrá que tener su DNI, lo demás documentos son datos que obligatoriamente debe conocer el patrono o empleador.
En este caso, es el patrono quien se encarga de efectuar la inscripción o registro del trabajador; quien tiene la responsabilidad de agregarlo con los datos del DNI; al igual con lo que queda de información pertinente, que deberá ser llenado a medida que vaya llenando el formulario para ingresarlo al sistema.
Como Ingresar A Planilla A Un Trabajador
Desde un principio de esta gestión, existe la pregunta del como poder entrar a la planilla, lo que siempre debes tener presente es la mejoras del trabajador nunca de perjudicarlo, y además cumpliendo con las leyes del Perú.
Efectivamente, cuando este procedimiento es ejecutado por primera vez, lo podrás hacer de forma Online o simplemente hasta un centro de servicio al contribuyente de la SUNAT.
No te preocupes por los pasos a seguir, porque te vamos a guiar hasta que logres tu cometido, continúa con nosotros leyendo y vera lo fácil que es la entrada a la planilla.
Pasos A Seguir
Efectuar la entrada a la planilla de un trabajador es un proceso que debes hacer con mucha paciencia de forma precisa y minuciosa, tratando de evitar errores.
Para que lo puedas efectuar de manera eficiente, te vamos a detallar un paso a paso, para que no te equivoques:
- El primer pasos es la de entrar a la página oficial haciendo un clic en SUNAT.
- Una vez en el sitio, tendrás que localizar la alternativa Operaciones en Línea y presionas un clic.
- El sistema de una vez te ubica en otra ventana donde te brindará dos (2) alternativas, en ella tendrás que elegir la alternativa trámites, consultas, declaraciones y normativas.
- Seguidamente deberás elegir la alternativa, donde se te pedirá la clave SOL, para darte la entrada a tu cuenta del sistema.
- Allí tendrás la posibilidad de inscribir a la empresa y seguidamente efectuar el registro del trabajador.
- Esto se efectúa con la finalidad de completar lo faltante en cuanto a la información de la empresa.
- Posteriormente, a la entrada a tu cuenta del sistema SUNAT, convendrá situarte en la parte izquierda de la pantalla y precisar la palabra T-REGISTRO, precisamente allí después de localizarla es donde deberás elegir el registro del prestador de servicio, y en seguida el registro.
- Seguidamente veras la información de la empresa, y tendrás que presionar haciendo un clic en el botón que dice «alta».
- Procede a completar dicha información solicitada por la empresa para poder continuar procesando la inscripción del trabajador.
- Ahora bien, tendrás que situarte otra vez en el lado izquierdo de la pantalla y elegir registro de trabajadores; para que efectúe la carga individual o personalizada.
- Una vez cargada la pantalla, deberá introducir el número respectivo del documento de identificación y presiona la tecla buscar; en este punto el sistema te emitirá la información del personal de manera automática.
- En este sentido, de esta manera; tendrás que entrar a los demás datos que te sean requeridos por el sistema haciendo un clic en el botón de siguiente.
- En este caso es relevante, tener conocimiento de la información que vas a requerir; porque es obligatorio completarla toda, sin omitir ningún detalle en cuanto a lo que requiere el sistema.
- Y para culminar el proceso, deberás presionar haciendo un clic en la palabra Aceptar.
De esta manera, posterior a la carga se procede a la impresión de la constancia y estarás listo con este trámite. En este punto ya has ingresado a la planilla del trabajador.
¿Es Obligatorio Estar En Planilla?
Con respecto a la pregunta, que si es necesaria estar en planilla hay una sola y contundente respuesta, SÍ, no es una alternativa que se toma o no se toma, ambos deben tomarla tanto el trabajador como el patrono.
Cabe considerar que, las leyes peruanas son claras en cuanto a los temas laborales, no hay ambigüedades, y efectivamente con la entrada a planilla de los trabajadores.
El empleador tiene un periodo de tiempo máximo para efectuar la entrada a la planilla de un trabajador, el cual alcanza setenta y dos (72) horas hábiles, sin ningún tipo de prórroga.
En este orden de ideas, podemos decir que, las leyes peruanas en este tipo de materia son bastantes exigentes; en tal sentido, tanto es así que la Ley vislumbra que es deber del empleador hacerle saber al prestador de servicio su ingreso y su alta en el sistema de planilla; así como efectuar la entrega del documento donde deja constancia de la actividad, estaríamos hablando de una constancia de trabajo.
La entrada a la planilla está reglamentado por los Decretos supremos 0-0-1-9-8-TR, 0-0-7-2-0-0-1-TR y 0-1-8-2-0-0-7-TR.
De este modo, como toda regla, tiene sus discrepancias, en este sentido veremos casos en el que el ingreso a planilla no es necesario.
Estos son:
- Los empleadores domésticos.
- El personal que trabaja eventualmente en el área de la construcción.
¿Qué Es El Ingreso A Planilla?
La entrada a la planilla no es más que el acto del patrono de inscribir a todos sus empleados a la planilla de registro de los empleados en el sistema SUNAT.
Efectivamente, la planilla a la que hacemos referencia, es la planilla electrónica, este escrito se coloca en tu cuenta SUNAT de forma automática pero en línea.
En este sentido, dicha planilla tiene dos (2) tipos de informaciones, estas son:
- La información laboral del registro, conocida como T-REGISTRO.
- La planilla mensual de pago, muy conocida como PLAME.
El estatuto peruano determina que se debe efectuar el acto, a fin de avalarle a los prestadores de servicios los derechos laborales que le corresponden:
Derechos contemplados en la ley:
- Retribución familiar.
- Todas las Bonificaciones correspondiente por la ley.
- Compensación por tiempo de servicio prestado.
- Afiliación al régimen contributivo de la seguridad social.
- Utilidades.
- Vacaciones.
A toda esta, también se debe gozar de los beneficios establecidos en alguna contratación colectiva, si es el caso, siendo beneficios no contemplados en las leyes peruanas pero sí en las negociaciones colectivas de los trabajadores.
Preguntas Frecuentes
En este orden de ideas, por mucho que se explique sobre un tema en particular, siempre quedan dudas y preguntas referentes a la parte laboral, ya que es un tema que tiene bastante tela que cortar, pero se trata de aclarar lo más que se pueda.
Buscando la forma de poder satisfacer a nuestros lectores, hemos elaborados las preguntas más frecuentes en este ámbito laborar con respuesta relativamente cortas para el mejor entendimiento. Veamos a continuación:
¿Cuándo se realiza el registro o modificación en la planilla electrónica se debe emitir la constancia al Ministerio del trabajo?
No hay que emitirla, porque al ser un sistema totalmente automatizado, todas sus entradas y salidas al sistema queda registrado y respaldado.
¿Cuál es el plazo con el que cuenta el empleador para realizar el registro?
Esta pregunta se efectúa con mucha demanda, aunque según el SUNAT no hay un periodo determinado pero debe efectuarse la inscripción con la fecha de ingresó del trabajador, el D-S 0-0-1-9-8-TR determina claramente que el empleador tiene un tiempo estipulado de setenta y dos (72) horas hábiles para efectuar el proceso.
¿Se pueden registrar trabajadores menores de edad?
Claro que Sí, todos los prestadores de servicios deben ser afiliados; más aún si tiene DNI se puede agregar al sistema sin ningún tipo de problema, en este caso problema sería no ingresarlo al sistema.
¿Cuáles son las fechas de ingreso y finiquito que deben contemplar la planilla?
No hay nada que inventar, las fechas deben ser las reales, es decir, la fecha de inicio sería la que estipula el contrato de servicio; y la de finiquito sería la fecha real en la que culminó la relación laboral.
Si se ha dado de baja por error a un empleado, ¿qué procede?
El patrono tendrá que entrar en su cuenta del SUNAT y efectuar las modificaciones pertinentes.
Si aún persiste la duda o pregunta, te vamos a dejar un número telefónico de atención gratuita; donde te atenderá un operador y te aclara cualquier inquietud que tengas al respecto puedes llamar a la línea gratuita del Ministerio del Trabajo 0-8-0-0-1-6-8-7-2.
Esperamos haber dejado clara la información, ahora realiza el proceso!!!