Si te esta interrogante ¿Cómo saber cuantas cuotas tengo en el IGSS? Está dando vueltas en tu cabeza, es porque estás pronto en requerir los beneficios del seguro del IGSS. Sino es porque estás buscando ponerte al día con las cuotas.
Y desde este artículo te animamos a que sigas indagando porque es mejor prevenir que lamentar, así que quédate con nosotros que sobre este tema te apoyaremos ofreciendo la información que requieres, porque aun estas a tiempo de ponerte al día.
¿Cómo Saber Cuantas Cuotas Tengo En El IGSS?
Actualmente es bien sencillo, rápido y seguro, Saber cuántas cuotas tienes en el IGSS, si tienen una Pc, y acceso a internet, ya lo demás es más sencillo, simplemente debes seguir unos cuantos pasos que te daremos en este artículo.
A continuación, te informemos el paso a paso para que logres consultar tu cuota:
Puedes ingresar al portal del IGSS, desde este enlace podrás hacerlo: consulta de cuotas.
Desde la página oficial del IGSS, el sistema te mostrará las distintas opciones,
- Selecciona la opción para la consulta de cuotas, el sistema te mostrará un formulario donde ingresaras ‘tu número de afiliado y el número del documento personal de identificación.
- El sistema te mostrará el detalle de la consulta, como el mes y el año de la cuota.
- Presionar el botón “Consulta”, visualizarán el número del patrón y el nombre de la empresa.
- El sistema te mostrará la información que tengas almacenada.
- Si el sistema no te da el detalle de la consulta, debes dirigirte personalmente ante las oficinas, en el centro de atención al usuario, catafi recuerde llevar su DPI, y el número del patrono.
De igual manera, si no puedes ingresar a la página del IGSS, bien sea que no tengas los recursos para hacer tu gestión por la falta de recursos, puedes dirigirte a las oficinas, que el personal está disponible para realizar este trámite.
¿Cuántas Cuotas Hay Que Pagar Para Jubilarse En El IGSS?
El IGSS, con la finalidad de beneficiar a más Ciudadanos, ha decidido permitir a muchos guatemaltecos, que antes no tenían esperanzas de verse protegidos en materia social por esta institución.
Convenido Con El IVS
Este convenio se establece para beneficiar a aquellos ciudadanos que tengan el interés de afiliarse y además manifiesten de forma voluntaria dar inicio al pago de sus cuotas ante el IGSS.
Con este convenio también se beneficiarán aquellos afiliados que por cualquier circunstancia tuvieron que dejar de cumplir con el pago de sus cuotas, podrá de igual modo ampararse en el “Programa IVS”, Invalidez, Vejez y sobreviviente.
Requisitos Para Realizar El Convenio
La junta directiva del IGSS, propuso que, con los tres requisitos, podrán dar inicio al pago de su contribución, para comenzar a recibir los beneficios otorgados por el IGSS. Dentro de los requisitos se encuentra:
- Contar con cincuenta y cinco años de edad o más
- En caso de estar afiliado, contar 180 contribuciones como mínimo, ante el IVS, hasta finales del año 2010.
- Entregar la solicitud manifestando, el interés de ponerse al día con esta institución y ampararse con este convenio de pago para continuar recibiendo los beneficios del IGSS.
- Realizar un aporte mínimo de 240 cuotas, en el caso del contribuyente voluntario y debe haber cumplido 60 años de edad, comprometerse a cumplir con las cuotas laboral y patronal, Cuyo porcentaje es del 5,83 al mes, calculados con el salario mínimo, de contribución obligatoria.
Cuota Laboral IGSS
Esta cuota laboral del IGSS, será descontada del salario del empleado con un porcentaje del 4,83; en dicho porcentaje no se incluye la bonificación para los trabajadores en el sector privado.
Pago De IGSS Por Suspensión
Si en algún momento se vio en la obligación de suspender el pago al IGSS, debe tener presente que para recibir la atención médica en caso de enfermedad este debe conocer las contribuciones mínimas para poder ser atendido:
- Haber recibido su pago o contribución durante tres periodos continuos ante la enfermedad.
- En el caso de que la afiliación, se encuentre después del 5 de agosto del 2.005; se aplicarán cuatro meses o periodos dentro de los seis meses antes del inicio de la enfermedad.
- El contribuyente debe encontrarse laboralmente activo, para el momento que quedó suspendido.
- Selecciona la opción para la consulta de cuotas, el sistema te mostrará un formulario donde ingresaras ‘tu número de afiliado y el número del documento personal de identificación.
- El sistema te mostrará el detalle de la consulta, como el mes y el año de la cuota.
- Presionar el botón “Consulta”, visualizarán el número del patrón y el nombre de la empresa.
- El sistema te mostrará la información que tengas almacenada. Si el sistema no te da el detalle de la consulta, debes dirigirte personalmente ante las oficinas, en el centro de atención al usuario, catafi recuerde llevar su DPI, y el número del patrono.
Suspensión Por Enfermedad
Para realizar la solicitud del pago por enfermedad, los contribuyentes deben presentar los siguientes requisitos:
- Presentar el certificado laboral con fecha de emisión de tres meses de vigencia ante de dicha suspensión. En caso de haber afiliado luego del 2005, este certificado debe estar vigente con 4 meses previos.
- En el caso de haber recibido el informe de corte salarial, el plazo debe extenderse a 60 días, aplica para los empleados del estado.
- Consignar el DPI, documento personal de identificación.
- Enviar un mandato representativo aplicar para el afiliado incapacitado, para el cobro personalmente.
- Presentar el carnet de afiliación ante el IGSS.
Cuotas Mínimas Para Atención En Caso De Accidente
Para recibir la atención en medio de un accidente debes haber cumplido con las siguientes cuotas mínimas ante el IGSS:
- Contribución en tres meses seguidos dentro de los seis meses continuos o calendarios en las fechas de haber ocurrido el accidente.
- Cumplir con los siguientes requisitos y documentación requerida por el IGSS:
- Consignar el Certificado laboral, con fecha de vigencia a tres meses previos a la fecha de haber ocurrido el accidente.
- Entregar el corte salarial realizado por su patrono, para la suspensión de las actividades laborales. Esto aplica para los empleados del Estado.
- Entregar el Documento Personal de Identificación (DPI).
- Enviar el mandato representativo. Aplica para los afiliados este incapacitado para cobrar.
- Presentar Carnet de afiliación ante el IGSS.
¿Cómo Saber Si Ya Me Pagó El IGSS?
Si de algo debemos estar seguro es del pago de tu patrono se haya realizado dentro de los plazos establecidos, para dicho pago y lo haya recibido el IGSS.
La página del IGSS, está disponible para hacer el trámite más cómodo para el patrono, ya que solo a un clic, podrá ponerse al día ante el IGSS.
Y mantener cubierto a sus empleados con el pago de estas cuotas mensualmente, debido que es importantes el pago a tiempo.
Una vez que el patrono haga el deducible del salario del trabajador, ya que éste legalmente está en la obligación de hacer la retención de dicho porcentaje, de una vez debe realizar el pago ante el IGSS.
Consulta De La Cuota al IGSS
Si aún te preguntas, ¿Cómo saber cuantas cuotas tengo en el IGSS?
Al ingresar en la página del IGSS, se podrá acceder a la opción de cuotas:
- Introduce el número de afiliación o el número de DPI;
- ingresa tu fecha de nacimiento,
- Antes de consultar tus cuotas, debes resolver el Captcha, marcando “NO SOY ROBOT”,
- Luego presiona el botón “Consultar Cuota”, de ser correcta la información el sistema te mostrará el número de cuotas que llevas acumuladas ante el IGSS.
Si deseas puedes presionar el siguiente enlace para ir directo a la Consulta de las cuotas.
O también puedes llamar al IGSS, a sus oficinas centrales, por los siguientes números: al 2412/1111 o los siguientes Números telefónicos: 2412/1345 y 2413/1347.
Preguntas Frecuentes
A continuación, te presentaremos una serie de preguntas más comunes, para que te lleves toda la información completa, si aún te quedan dudas de cómo saber cuántas cuotas tienes en el IGSS:
¿Qué es La Prestación Ulterior Por Incapacidad Permanente?
Es un pago que realiza el IGSS, que se les otorga a aquellos afiliados que han tenido pérdida permanente, o que poseen un daño físico, el cual es irreparable, o alguna pérdida de alguna funcionalidad de su cuerpo de haber sufridos un accidente.
Para solicitar el otorgamiento de esta prestación, debe primero haber terminado con el tratamiento médico, luego debe permitir la evaluación en el Departamento médico legal y evaluación de incapacidades, después de ésta emitirá un informe, manifestando el resultado de dicha evaluación.
Una vez realizado este trámite, el departamento de Prestaciones en Dinero, dará el visto bueno para autorizar el pago de esta prestación.
¿Qué Hacer Para Solicitar La Cuota Mortuoria Por Enfermedad?
Si el afiliado muere por causa de alguna enfermedad, el IGSS autorizará de manera inmediata un aporte económico a sus familiares aprox. 412,50 quetzales.
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