Guía Formulario Registro Obligatorio de Empleadores (ROE)

Estimado Lector, Hoy vamos a tratar sobre un artículo de mucho interés para los bolivianos relacionado como registrarse y llenar la Guía Formulario Registro Obligatorio de Empleadores (ROE), debido a su obligatoriedad de registrarse.

Aquí te diremos Qué es el ROE, los requisitos para registrarse, Quiénes tienen la obligación de registrarse y quiénes no, así como algunas otras preguntas que a lo mejor te has hecho y que aquí te vamos aclarar.

Formulario Registro Obligatorio de Empleadores (ROE)

El ente responsable de divulgar, entrenar y hacer que los bolivianos estén enterados de las normativas y procedimientos del ROE es el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

El cual sigue  avanzando de manera que los procesos sean menos burocráticos en la gestión de los trámites; esto lo hace ayudado a través de la página virtual online.

Sigue con nosotros, comienza esta lectura y encontraras mucha información interesante que te aclararan las dudas que puedas tener sobre el mencionado registro.

Formulario Registro Obligatorio De Empleadores (ROE)

Si desear conocer y/o descargar el formulario ROE, es muy fácil, solo tienes que hacer clic a continuación FORMULARIO REGISTRO OBLIGATORIO.

Los requerimientos para este registro son publicados por el Ministerio del Trabajo de Bolivia.

Instructivo De Llenado

El llenado del ROE se realiza vía online a través de la Oficina Virtual de Tramites, en la cual la persona (natural o jurídica) realiza su inscripción o actualiza sus datos, este último para aquellos empleadores que ya tengan el Registro Obligatorio.

Solo tiene que vaciar los datos solicitados en la página web y al finalizar obtendrá su registro ROE. Dicho registro se imprime vía online con la firma digital del Jefe Departamental correspondiente.

El empleador recibirá el documento firmado a través de correo electrónico y por el sistema, no es necesario que visite oficinas del Ministerio.

A continuación el paso a paso del tramite:

  1. Entrar vía online a la Oficina Virtual de Trámites AQUÍ, a través de los navegadores Google, Chrome o Firefox. Presionar ENTER en el teclado.
  2. Después de entrar en la página indicada anteriormente, se inicia la sesión ingresando los datos solicitados (NIT, usuario y contraseña), accediendo de esa manera a la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales.
  3. Leer los Términos y condiciones de la página y dele ACEPTAR: Inmediatamente del clic a “CONTINUAR”.
  4. Posteriormente se mostrará una Guía del sistema: Allí podrá visualizar funciones principales y ubicaciones de la Oficina Virtual de Trámites. Después de leerlo, dele “SIGUIENTE”.
  5. A continuación se le solicita ingresar un correo electrónico valido, usado con frecuencia, cuyo objetivo es poder mandarle notificaciones del ministerio y a su vez es donde le llegará el registro ROE, el cual debe imprimir y tenerlo como soporte. Al registrar su correo electrónico dele a “SIGUIENTE” y el sistema mandará al correo, un mensaje de confirmación para validar y activar el correo registrado. Debe ingresar a su correo electrónico, presione “ACTIVAR” (sino encuentra el mensaje revise la bandeja de correos no deseados –SPAM-)

Al activar el correo se abrirá el Portal de la Oficina Virtual para continuar con su registro. Es importante que identifique y clasifique bien la naturaleza de su empresa/ institución u organización:

  • Empresas: Persona Jurídica dedicada a hacer actividades comerciales con el fin de generar ingresos, puede ser empresa unipersonal o comerciante individual, así como sociedad comercial.
  • Otros rubros: Relacionado con persona (natural o jurídica) tales como: Instituciones Públicas, Cooperativas, Fuerzas Armadas, Gestores, Entidades Civiles, Públicas o Territoriales Autónomas, Instituciones financieras públicas, ONGs, Organizaciones religiosas o sociales, Policía, RAU, Sindicatos, Sociedades Civiles y Universidades Públicas.

Recuerde que la obligatoriedad es cuando se tenga personas con dependencia laboral.

Registro Obligatorio De Empleadores (ROE)

El ROE es el único sistema público de información socio- laboral y de carácter oficial que fue creado en el 2.009.

Sin embargo para el año 2.017 se le hizo una modificación donde se incluye la obligatoriedad de insertar en el campo laboral las personas con discapacidad.

En el ROE tenemos como antecedente el decreto 288 de la gestión 2009, donde establece la obligación de registro de todas las entidades privadas al Ministerio del Trabajo para que éste a través de sus competencias pueda vigilar el cumplimiento de la normativa.

Que en primer ámbito estaría la presentación de pagos de sueldos y salarios. A partir de la ley 977 que dispone la inserción laboral y dar un reconocimiento económico a las personas con algún tipo de discapacidad lo que incrementa las competencias del Ministerio del Trabajo.

Señalando que el ministerio debe tener un registro de las empresas privadas así como también de empresas/ instituciones públicas en Bolivia, es allí cuando se hacen los cambios en el Decreto Supremo N° 3433, de fecha 13 de diciembre del año 2.017, el cual regula la constitución, ámbito de aplicación y características del Registro Obligatorio de Empleadores.

¿Quiénes deben estar registrados en el ROE?

De acuerdo al Decreto Supremo Nro. 3433, existe unos sectores especifico que es obligatorio estés registrados en el ROE, los llamados empleadores.

En lo que podemos decir que es la persona (individual o jurídica) que tenga uno o más trabajadores en dependencia laboral con ellos, es decir que realice funciones bajo la condición de SUBORDINACIÓN, que reciba un sueldo o salario fijo (dependencia económica con su empleador).

Cabe destacar que, tiene trabajo prestando sus servicios a alguien diferente a él mismo y reciba de un tercero su aporte económico laboral.

En Bolivia, las empresas o persona que no cuente con trabajadores, ni personal que tenga una dependencia laboral con ellos, no tendrán la obligación de registrarse en el ROE.

Para explicarlo de una manera más detallada se resalta que todos los que están bajo el Régimen Simplificado de impuestos de internos y otros no tienen que registrarse en el ROE, entre los que tenemos:

  1. Las empresas del Régimen Simplificado, como los gremiales, los comerciantes minoristas siempre que no tengan dependiente.
  2. En este sentido, las personas naturales profesionales independientes (médicos, dentistas, abogados, farmaceutas, etc.) que generan honorarios profesionales salvo que tengan empleados (relación de dependencia laboral).
  3. Las pequeñas y medianas empresas (unidades) familiares de producción, están exentos porque no hay dependencia laboral ya que son familias (están registrados en Pro-Bolivia)

Requisitos Roe

Para poder registrarse en el Registro Obligatorio de Empleadores, es necesario contar con varios requisitos, los cuales a continuación se enumeran:

  1. Poseer el Número de Identificación Tributaria, llamado más comúnmente NIT.
  2. Tener un equipo electrónico con conexión a internet (celular, computadora o laptop, etc.).
  1. Poseer una cuenta de correo electrónico.
  2. Tener la Matricula de Comercio, es decir el certificado de inscripción en Fundempresa, esto aplica para las empresas bolivianas.

Para realizar el registro, la persona (natural o jurídica) debe ingresar a la plataforma del Ministerio de Trabajo y debe colocar su NIT, usuario y contraseña otorgados por el Servicio de Impuestos Nacionales.

 Preguntas Frecuentes

En esta sesión te estaremos respondiendo todas la preguntas que de una u otra forma tienen mucha frecuencia, como dudas a los diferentes tipos d electores, esperamos cubrir las expectativas

¿El ROE será requerido para realizar gestiones en otras instituciones?

Si es requerido en el caso de: Renovar la Matricula del Registro de Comercio de Bolivia, así como también para realizar trámites de solicitud de créditos en cualquier entidad financiera.

Preguntas Frecuentes¿Deben inscribirse en el ROE, las empresas registradas en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social?

Aunque estén registradas en el Ministerio, deben también actualizar sus datos en ROE.

¿Qué debe hacer una empresa que tiene sucursales en varios departamentos del País?

Debe indicar los lugares donde operan sus sucursales con su dirección exacta e indicando los datos de su representante legal. Es importante indicar que las sucursales deben ser inscritas/ registradas por separado al momento del registro en el ROE.

¿Cuál sanción/multa se aplican a los empleadores que no se inscriben en el ROE?

Anteriormente (desde el 2.009) desde la emisión del NIT, los empleadores tenían un plazo de 60 días para registrarse y a partir de esa fecha habían multas que crecían día por día  y tenía un costo de 135 bolivianos. Ahora el decreto del ROE (actualización del 2.017)
.

es de carácter gratuito, no hay sanción por el tiempo en que se había emitido el NIT, muchas empresas no se registraban en el Ministerio por el temor a tener una multa acumulada por lo años desde que su NIT creado.

En el caso de no cumplir con los plazos estipulados, los empleadores serán sancionados por infracción a leyes sociales con una multa que oscila entre 1.000  a  10.000 bolivianos.

preguntas frecuentes formulario 430

Cuáles son las Fechas Límites del Registro al ROE?

Para el registro del ROE solo se toman en cuenta en base al número de trabajadores y se han dividido en tres plazos para el registro, las cuales están detalladas de la siguiente manera:

  1. Los que tienen más de 50 trabajadores: por el hecho de la ley 977 que se tienen que reportar el reporte tienen plazo hasta el 16 de marzo.
  2. Cuando tienen 49 o menos: Tienen plazo hasta el 30 de abril.
  3. Las empresas naturales que generan contrato con el Estado Boliviano: Tienen plazo hasta el 26 de julio.
Es importante recalcar que las fechas dadas corresponden a información obtenida de internet, por lo que se recomienda que para obtener las fechas de los plazos para realizar los registros, ingresar a la página del Ministerio del Trabajo y chequear la información que necesite de acuerdo al periodo en que se encuentre.

contactarse con la dgt en españa¿Cómo podemos contactarlos o aclarar dudas sobre estos procesos?

Para tener mayor información, existen diversas formas o canales de atención, los cuales especificamos a continuación:

A través de la página: TRABAJO, donde podrá encontrar documentos de apoyo o tutoriales.

Por los teléfonos de contacto, donde aclarara dudas o realizar consultas:

Para dudas sobre la normativa: 2312115

Para dudas sobre la plataforma: 2120441;  67176743;  69796069

O a través del correo electrónico: soporte@agetic.gob.bo

 Esperamos que les haya servido de utilidad la información suministrada en este artículo y que les haya servido toda la información de la Guía Formulario Registro Obligatorio de Empleadores (ROE) que les brindamos en esta oportunidad. 

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